Fernando Morcillo

PLAYA DEL CARMEN, Quintana Roo, 21 de septiembre de 2026.- Las consultas a comunidades indígenas solicitadas dentro de la evaluación ambiental de algunos proyectos en Quintana Roo representan apenas un primer paso para garantizar su participación, pues también debe discutirse quién puede autorizar y beneficiarse del uso comercial de símbolos, gastronomía y otras expresiones del patrimonio cultural maya, señaló Hermelindo Be Cituk, coordinador estatal de la Asamblea Nacional Indígena Plural por la Autonomía (ANIPA). La Suprema Corte ha establecido que la consulta indígena debe ser previa, informada, culturalmente adecuada y de buena fe cuando una medida pueda afectar derechos e intereses de estas comunidades.

Be Cituk consideró que la discusión no debe limitarse a los impactos de infraestructura sobre territorios indígenas. Planteó que las instituciones municipales y estatales encargadas de atender a los pueblos originarios deberían contar con áreas jurídicas que acompañen la defensa de sus derechos colectivos, particularmente cuando empresas utilizan elementos de su cultura con fines comerciales.

Uso comercial de la cultura maya entra a la discusión

El representante de ANIPA hizo referencia a procedimientos relacionados con proyectos turísticos, entre ellos intervenciones vinculadas con Xcaret y trabajos planteados en la Bahía del Carmen, para sostener que las comunidades deben participar cuando existan posibles afectaciones. También afirmó que esa intervención tendría que extenderse al patrimonio intangible, como símbolos, expresiones culturales y alimentos tradicionales. La protección jurídica de las expresiones culturales indígenas contempla precisamente elementos como imágenes, figuras, símbolos, música, arte y conocimientos tradicionales susceptibles de aprovechamiento comercial.

El planteamiento ocurre después de que la Suprema Corte resolvió en marzo un incidente relacionado con el uso comercial de elementos del patrimonio cultural maya por una empresa turística. La Corte revocó una suspensión que frenaba medidas precautorias ordenadas por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) y sostuvo que el interés económico de una empresa no puede prevalecer sobre la protección colectiva de ese patrimonio. El asunto derivó de una controversia en la que la empresa argumentó contar con autorización del denominado Gran Consejo Maya; la resolución de marzo correspondió a un incidente de suspensión y no a la sentencia definitiva sobre el fondo de toda la controversia.

Be Cituk adelantó que ANIPA buscará asesoramiento del Indautor para analizar mecanismos legales que permitan a las comunidades participar en las decisiones y posibles beneficios derivados de la explotación de su patrimonio cultural intangible. También planteó discutir los alcances de la representación del Gran Consejo Maya. La controversia sigue siendo relevante porque durante el proceso ante la Corte también se presentaron argumentos y respaldos comunitarios en favor de reconocer a ese organismo como representación indígena, por lo que su alcance no puede darse por resuelto de manera general a partir del incidente de suspensión.

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