Chetumal, Quintana Roo, 20 de diciembre. – La Comisión Permanente de la XVII Legislatura dio lectura y turnó a comisiones para su respectivo análisis a dos iniciativas, una para fomentar el emprendimiento de las mujeres y otra que busca sancionar las terapias de conversión sexual
A la sesión número 2, presidida por la diputada Mildred Ávila Vera, asistieron las diputadas Cristina Alcérreca Manzanero, María José Osorio Rosas, Elda Xix Euán y los diputados Humberto Aldana Navarro, Hugo Alday Nieto y Omar Antonio Rodríguez.
En esta reunión, se dio lectura a la iniciativa de Ley para el Fomento del Desarrollo de las Mujeres Emprendedoras del Estado de Quintana Roo; presentada por la diputada Alfonsa Leticia Padilla Medina, presidenta de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y representante legislativa del Partido MAS.
De acuerdo con la exposición de motivos, la iniciativa plantea potenciar el ecosistema de pequeñas y medianas empresas, a través de la creación de un Fondo para el Fomento para el Desarrollo de las Mujeres, como un organismo que promueva el impulso de las PYMES mediante alianzas público-privadas y academia.
“Lo que la iniciativa propone es darles facilidades a las emprendedoras de crear emprendimientos formales, evitar el cierre de empresas a temprana etapa y fortalecer las empresas con un camino ya recorrido, así como lograr una reactivación económica tras las consecuencias negativas que trajo consigo la pandemia del COVID-19”, señala la iniciativa.
Además, se dio lectura a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el título cuarto denominado delitos contra el libre desarrollo de la personalidad, y se adiciona el capítulo VII denominado delitos contra la orientación sexual, identidad o expresión de género de las personas, artículo 195-octies del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; presentada por la diputada María Fernanda Cruz Sánchez, presidenta de la Comisión de Desarrollo Juvenil con Igualdad de Oportunidades.
Esta iniciativa propone establecer sanciones de dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a la persona física que promueva, ofrezca, imparta, aplique, obligue, induzca, financie o someta a terapias de conversión, entendiéndose como estas a aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos, prácticas, retiros, campamentos, tratamientos o cualquier tipo de servicio, que tenga por objeto con o sin fines de lucro, la pretensión de modificar, restringir, reprimir o reorientar la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
Ambas iniciativas fueron turnadas a las comisiones legislativas correspondientes para su estudio, análisis y posterior dictamen.