Mientras otros países criminalizan los vientres de alquiler, México cumple dos años del histórico fallo de la Suprema Corte que pidió regular la gestación subrogada e impidió prohibirla a extranjeros y parejas del mismo sexo, aunque hay pocos avances legislativos desde entonces.
Actualmente no tenemos un marco, una regulación integral que regule desde el ámbito de salud o a través de una norma oficial mexicana los procedimientos de reproducción asistida”, dijo a EFE Eleane Proo Méndez, investigadora y catedrática de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
La gestación subrogada o gestación por sustitución es un contrato a través del que una mujer acepta gestar para una persona o pareja que tiene la intención de fungir como padre o madre del producto de dicho embarazo.
La práctica es conocida también con términos como “gestación por contrato”, “maternidad subrogada” e, incluso, como “renta de úteros”.
En México la gestación subrogada es legal desde 1997 en Tabasco, y se permite también en Sinaloa desde 2013.
El 6 de junio de 2021 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la gestación subrogada tanto gratuita como de paga e, incluso, invalidó las disposiciones de Tabasco que prohibían el acceso a parejas del mismo sexo y extranjeras.
El argumento principal alrededor de tal decisión fue que al prohibir por completo esta práctica “se puede caer en la clandestinidad”.
Ante estos hechos, la red feminista “Nosotras Tenemos Otros Datos” se pronunció en contra de la decisión de la SCJN, argumentando que “los vientres de alquiler no respetan, promueven, ni garantizan los derechos humanos de las mujeres ni de las infancias”.
Y aseguraron que regular esta acción en lugar de prohibirla es atender, apoyar y reproducir las desigualdades y la violencia hacia las mujeres en medio de un sistema patriarcal y capitalista.
Pero la SCJN argumentó entonces que ante la falta de una regulación, las partes involucradas en un procedimiento de este tipo siguen desprotegidas, vulnerables a diversas violaciones a sus derechos humanos.
Grandes ganancias
Verónica Esparza Pérez, coordinadora de investigación en el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), señaló la urgencia de regular esta práctica en todo el país.
Reconoció que la SCJN tiene una postura a favor de regular la práctica, pero el debate está en que si se legaliza se hace un marco que “se supone” protege a todos los involucrados, aunque también se ha abogado porque sea “una práctica solidaria, es decir, que las mujeres gestantes no cobren”, apuntó.
Sin embargo, advirtió que detrás de esta práctica existe “toda una maquinaria que no deja de cobrar, por eso resulta todo tan polémico”, expresó.
Y es que la maternidad subrogada genera grandes ganancias económicas a las agencias o clínicas que operan incluso desde países donde está prohibida la práctica.
De acuerdo con Esparza Pérez, en 2022 se reportó que la industria de la maternidad subrogada obtuvo ganancias por 14 mil millones de dólares a nivel global y se proyecta que tenga un crecimiento anual de 24.5 por ciento.
En México, empresas como New Life, una agencia de gestación subrogada que en el país tiene su sede en Cancún, en el Caribe mexicano, promociona en su portal que “la subrogación nunca ha estado prohibida”.
Mientras que la agencia Gestación Sustituta de México promociona en su portal de internet que “un proceso oscila entre los 850 mil pesos y 1.6 millones de pesos”, que incluyen todo lo que se requiere para un proceso.
Regulación cuidadosa
Para Proo Méndez, lo importante de regular esta práctica es que se haga de manera “cuidadosa”, pues aunque muchos proponen la eliminación de las agencias que ofrecen estos servicios, no es algo viable, desde su perspectiva, pero sí es posible mayor información y un marco legal claro.
Muchas veces las personas desconocen el contenido de los contratos, entonces sería muy bueno tener un asesoramiento legal, integral. Pero también están las cuestiones relacionadas a la salud, las cesáreas innecesarias y la desigualdad económica que viven las mujeres gestantes”, apuntó.
Recordó que ha habido un “sinfín” de iniciativas para regular esta práctica, pero no se ha logrado darle una perspectiva de género ni de protección a los derechos humanos.
No obstante, afirmó que la resolución de la SCJN ha marcado un buen precedente y podría establecer “criterios que permitan guiar al Estado con respecto a esta práctica”.
Con información de EFE
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