La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó admitir a trámite controversias constitucionales que se presenten contra el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Por regla general, las sentencias del Tribunal Electoral son definitivas e inatacables conforme al artículo 99 constitucional.
Sin embargo, un proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa estableció que las controversias promovidas son procedentes.
Por mayoría de votos, la Segunda Sala de la Suprema Corte determinó que se podrá analizar que las sentencias del TEPJF hayan sido resueltas dentro del marco de competencias de dicho órgano y no se trate de cuestiones que correspondan a otros poderes del Estado.
La resolución deriva de una controversia constitucional presentada por la Cámara de Diputados en la que se denunció al Tribunal Electoral por supuestamente exceder sus facultades al inmiscuirse en cuestiones parlamentarias y ordenarle modificar la integración de la Comisión Permanente en junio de 2022.
Con información de El Universal
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