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viernes, febrero 21, 2025

OPINIÓN | La tremenda corte: Hugo Alday Nieto

Después de meses de desorden y de autogobierno por parte de tribunales, de congresos y de autoridades administrativas, finalmente llegó la Suprema Corte de Justicia de la Nación a tomar el papel que le corresponde en la república y de buenas a primeras, en sesión maratónica el pasado jueves 13 de febrero, de un mazazo puso orden en la granja, después de la intempestiva rebelión.

Cabe señalar que el proyecto en lo general fue votado a favor por 9 de 11 ministras y ministros, incluyendo a Loretta Ortiz Ahlf y a Yasmin Esquivel Mossa, hasta entonces fervientes opositoras de cualquier proyecto que involucrase a la reforma judicial, y fue así, porque en esencia el proyecto de sentencia discutido es una verdadera joya literaria en derecho constitucional.

Los otros dos votos fueron una ausencia, y el voto en contra de la autodenominada ministra del pueblo, Lenia Batres Guadarrama, que, desde mi apreciación, se perdió en el debate desde muy temprano en la sesión y no logró retomar el hilo de los distintos conceptos que se analizaban de forma rápida por sus demás compañeros.

De los temas discutidos se rescatan tres ideas principales tendientes a retomar el control constitucional de las acciones de los diversos poderes y agentes políticos de este país, que, desde finales del 2024 se estaban saltando las trancas y de paso a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pretendiendo, incluso arrogarse facultades inexistentes de interpretación de la misma.

El primero, se refirió a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en donde la Corte fue contundente al establecer que se extralimitó en sus funciones, dado que no tiene competencia alguna para desestimar o desechar sentencias o suspensiones emanadas de Juzgados de Distrito o de Tribunales Colegiados de Circuito, por la sencilla razón de que su competencia es acotada a derecho electoral y se auto-facultó para resolver temas constitucionales, incluso, violentando el derecho procesal constitucional establecido en la Carta Magna y Ley de Amparo, y con ello, a voto alzado, se terminó el breve pero desastroso imperio del Tribunal Electoral, con una frase digna de ser grabada en las paredes del Teatro de la República: “Las autoafirmaciones competenciales como las del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, rompen el estado de derecho”.

En segundo término, la Corte se refirió a los Juzgados de Distrito y Tribunales Colegiados de Circuito, que tuvieron a bien, emitir sentencias y suspensiones derivadas de la reforma constitucional en materia judicial, a efecto de que, en alusión a dicha reforma, y de sus artículos transitorios, hicieran una revisión de sus resoluciones, para que dentro de las 24 horas posteriores hacer notificados, modifiquen , revoquen o confirmen sus propios autos.

Con ello, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pone de manifiesto el respeto al texto constitucional y su observancia por parte de los juzgadores federales. Como consecuencia, una vez que pasen esas 24 horas posteriores a la notificación, seguramente se modificarán algunas suspensiones, lo que dejará seguramente sin materia, cualquier acción penal que pudiera preverse por parte del Consejo de la Judicatura Federal hacia dichas personas juzgadoras.

Por último, la Suprema Corte de Justicia de la Nación fue enfática, al señalar que ninguna autoridad administrativa, y ningún otro poder, tienen facultades para desestimar o desechar las suspensiones de los juzgados o tribunales federales. En tal virtud, y de manera muy clara, hicieron un recordatorio a todas las autoridades, de que, en caso de no estar de acuerdo con alguna resolución de los juzgados o tribunales federales, ésta se debe controvertir a través de las mismas vías de impugnación que establecen la Constitución General de la República y la Ley de Amparo, porque en caso de no hacerlo, se perfeccionaría un desacato.

En este sentido, de un solo mazazo, el estado de derecho regresó para poner orden en la república. Ya que, de no haberlo hecho así, la cosa pública seguiría, como siguen las cosas que no tienen mucho sentido.

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