Diana García
CHETUMAL, Quintana Roo, 10 de diciembre. — La Sala Xalapa del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó Instituto Electoral de Quintana Roo y el Tribunal Electoral de Quintana Roo, tomaron la decisión correcta y congruente al negar el registro del Partido de la Revolución Democrática como partido local, por no tener la votación mínima requerida por la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.
Y es que el Pleno de la Sala Xalapa por unanimidad, determinó que el Juicio de Revisión Constitucional 291 confirmo la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Quintana Roo en el expediente RAP 119/2024, donde negó la solicitud de registro como partido político del PRD.
Los magistrados consideraron que la sentencia fue congruente, porque el Tribunal Electoral de Quintana Roo se baso en las consideraciones emitidas por la Suprema Corte de Justicia de Nación, en las cuales los partidos políticos nacionales que pierdan su registro y pretender optar por el registro local necesitan obtener el 3 por ciento del total de la votación valida emitida en las elecciones de gubernatura y diputaciones, y no así en la de ayuntamientos.
En el último proceso electoral el PRD solo logró el 2.5 porciento de los votos en el estado, lo que es insuficiente para tener un registro como partido político local y acceder a un financiamiento público, que sirva como vehículo para llegar al poder en Quintana Roo.