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viernes, noviembre 22, 2024

TREN MAYA| Expropia AMLO 23 predios privados en Tulum, Bacalar, Chetumal y Felipe Carrillo Puerto

PLAYA DEL CARMEN, Quintana Roo, 22 de febrero. – El Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador expropió 23 predios de propiedad privada en los municipios de Tulum, Felipe Carrillo Puerto, Bacalar y Othón P. Blanco para la ejecución del Tramos 6 del Tren Maya.

El decreto de expropiación fue público en el Diario Oficial de la Federación, se trata de una superficie total de 549 mil 055.07 m², correspondientes a 23 inmuebles de propiedad privada.

De estos 23 predios, 9 pertenecen al municipio de Tulum, siendo el más afectado en esta ocasión; 5 al municipio de Felipe Carrillo Puerto; 5 al de Othon P. Blanco, y 4 al municipio de Bacalar.

Son 23 de los 139 que se requieren para ejecutar el proyecto en dichos municipios.

Desde el 1 de febrero de 2023, la SEDATU emitió una resolución en la que confirma la causa de utilidad pública establecida en la “Declaratoria de causa de utilidad pública relativa a 2 millones 299 mil 274.452 m², correspondientes a 139 inmuebles de propiedad privada en los municipios de Tulum, Felipe Carrillo Puerto, Othón P. Blanco y Bacalar, en el Estado de Quintana Roo que serán destinados para la construcción de obras de infraestructura pública relacionadas con el Proyecto Tren Maya”.

Pero, ¿Por qué?

El presidente justifica en el documento que, “la construcción del Tren Maya es el compromiso más relevante de infraestructura para impulsar el desarrollo socioeconómico y turístico de la historia del sureste del país y fortalecer la integración de cadenas productivas en la península de Yucatán, así como para elevar la calidad de los servicios turísticos y fomentar la capacitación y profesionalización del capital humano que forma parte de esta industria”.

La expropiación incluye las construcciones e instalaciones que se encuentren en los bienes inmuebles y que formen parte de ellos, de acuerdo a dicho decreto publicado este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

De acuerdo con el documento, el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), como Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V. y la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), deben coordinarse para cubrir con su presupuesto autorizado el monto de la indemnización que en términos de ley deba pagarse a quienes acrediten su legítimo derecho, de conformidad con los avalúos que emitió el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

Los propietarios de los predios tendrán un plazo de 10 días hábiles siguientes a la notificación del decreto, para acudir a las instancias judiciales, pero solo podrán controvertir el monto de la indemnización.

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