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Home»Nación»IFT pide a CFE renunciar a su concesión mayorista de telecom para ser dueña de Altán
Nación

IFT pide a CFE renunciar a su concesión mayorista de telecom para ser dueña de Altán

RedacciónBy Redacción18 enero, 2025No hay comentarios4 Mins Read
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CIUDAD DE MEXICO, 18 de Enero. –La Comisión Federal de Electricidad (CFE) tiene hasta la semana del 10 de febrero próximo, para presentar la renuncia a su concesión de servicios mayoristas de telecomunicaciones y con ello convertirse en una nueva dueña de la empresa Altán Redes, con el 23.08% de los derechos fideicomisarios de esa compañía.

Ese porcentaje hará de la CFE, al Estado mexicano, el principal accionista de Altán y le daría suficiente margen de maniobra como para impactar en la toma de decisiones del directorio de esta empresa que oferta servicios mayoristas de Internet, que terminan siendo revendidos por otro centenar de marcas comerciales a cerca de 17 millones de consumidores finales en México.

La Comisión Federal de Electricidad también tiene una filial que presta servicios de Internet directamente al consumidor en zonas urbanas y rurales. Se trata de CFE Telecomunicaciones e Internet para Todos (CFE-TEIT), que a su vez tiene firmados cinco convenios de compraventa de capacidad mayorista con Altán Redes.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) fijó dos condiciones principales para aprobar una concentración de activos entre CFE y Altán Redes.

En la primera condición, el regulador exigió una operación independiente entre Altán Redes y el grupo de interés económico al que pertenece la CFE en la prestación de servicios de telecomunicaciones, a fin de que se evite el intercambio de información que redunde en un trato discriminatorio para terceras empresas en el negocio mayorista.

La segunda condición emplaza a la CFE a renunciar a su concesión de servicios mayoristas comerciales de telecomunicaciones que esa empresa estatal solicitó el 5 de septiembre de 2022, y que el IFT concedió el 9 de marzo de 2023, con vigencia a la misma fecha, pero del año 2053.

Con la segunda condición, el Instituto Federal de Telecomunicaciones intentó cumplir con el artículo transitorio decimosexto de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión del año 2013 (LFTR), que en su numeral cuatro establece que la red celular que opera Altán, más conocida como la Red Compartida, no tendrá la influencia de otro prestador de servicios de telecomunicaciones, como es el caso de la CFE que tiene una concesión mayorista con alcance nacional y que aparte es matriz de CFE-TEIT.

La concesión mayorista de la CFE también dice en su condición tercera que esta compañía está impedida de ofrecer servicios al usuario final y que no deberá fijar ventas atadas, según la condición cinco del mismo título.

“Estas condiciones tienen como objeto evitar que se generen distorsiones en los mercados, particularmente tratos discriminatorios por parte de Altán, CFE y CFE-TEIT a los solicitantes de servicios mayoristas de telecomunicaciones y servicios relacionados; o que provean esos servicios, en términos y condiciones que impongan barreras a la entrada, impidan el acceso a dichos servicios o el desplazamiento en el mercado relacionado de provisión de servicios móviles al usuario final”, dijo el IFT.

“Las partes involucradas en la concentración deberán aceptar las condiciones impuestas por el IFT en un plazo de 20 días, de lo contrario, la operación se tendrá por no autorizada”, agregó el regulador en un apurado comunicado sobre un asunto sensible, como no ocurría desde el comunicado que dio cuenta de la separación funcional de Telmex.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones es la autoridad facultada para resolver operaciones de concentración en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión en México.

“El IFT, en su calidad de autoridad en materia de competencia económica en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, autorizó llevar a cabo la concentración y sujeta a condiciones, con el fin de preservar la competencia y libre concurrencia, así como el principio de neutralidad a la competencia, entendido como la obligación del Estado de no generar distorsiones en los mercados como consecuencia de la propiedad pública”, remarcó esa autoridad.

Con información de EL ECONOMISTA.

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