Fue publicado este lunes en la edición matutina del Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma constitucional de la Ley 3 de 3, la cual impide que agresores sexuales, deudores alimentarios y culpables de violencia de género ocupen un cargo en el sector público.
Este documento fue firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador y entrará en vigor a partir del martes 30 de mayo.
En el decreto se reforman y adicionan los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público.
El pasado 24 de mayo, el pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión elevó a rango constitucional la Ley 3 de 3, contra la violencia, tras ser aprobada por más de 16 congresos locales.
La reforma establece que se suspenden los derechos o prerrogativas de los ciudadanos al tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, por violencia familiar, familiar equiparada o doméstica y violación a la intimidad sexual y violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
Asimismo, por ser declarada persona deudora alimentaria morosa. En esos supuestos, la persona no podrá ser registrada como candidata a cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para algún empleo, cargo o comisión en el servicio público.
Además, incorpora un lenguaje inclusivo y de mayor precisión en los requisitos para ser titular de la Fiscalía General de la República.
Con información de López-Dóriga Digital
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