CIUDAD DE MEXICO, 14 de Junio. – Una iniciativa denominada “Ley de Ciberseguridad” presentada por el coordinador de gabinete del gobernador Alejandro Armenta, José Luis García Parra se aprobó esta tarde. En esta ley se explica que en Puebla insultar en redes sociales ya es considerado un delito tipificado como “ciberasedio” y será castigado con hasta 3 años de cárcel y una multa de 33 mil 942 pesos.
El Congreso del Estado aprobó el dictamen para reformar y adicionar diversas disposiciones del Código Penal del Estado, en materia de ciberseguridad, con la finalidad de tipificar el delito de usurpación de identidad, espionaje digital y ciberasedio. Con 35 votos a favor, cinco en contra y una abstención, se aprobó la iniciativa denominada “Ley de Ciberseguridad”.

La propuesta inicial se entregó el 6 de noviembre de 2024 y se retomó apenas hace uno días. La panista Susana Riestra se opuso y justificó su idea al indicar que la reforma deja en estado de indefensión a las mujeres que denuncian por medio de redes sociales la violencia vicaria.
¿Por qué se tipificará como delito?
En el artículo 480 de la Ley de Ciberseguridad, que presentó el funcionario estatal, se establece que “comete el delito de ciberasedio quien a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional.
Asimismo se indica en esta ley que quien cometa este delito tendrá de castigo una pena de 11 meses o hasta 3 años de prisión, junto a una multa de 50 a 300 días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), vigente en el momento de la comisión del delito. Por otro lado, se especifica que, cuando la víctima sea menor de edad, “se presumirá el daño a la dignidad por tratarse de una persona en desarrollo psicoemocional y físico y la sanción se aumentará desde una tercera parte de la pena mínima, hasta 2 terceras partes de la pena máxima”.
Otros delitos tipificados en Puebla
8 años de cárcel en contra de quien usurpe identidad en Puebla.
5 años de cárcel en contra de quien cometa “grooming”, que es cuando un adulto se hace pasar como un menor de edad para enganchar a adolescentes con fines de cometer delitos sexuales.
3 años de cárcel contra quien cometa espionaje digital en Puebla.
Esto entrará en vigor una vez que esté publicado el decreto en el Periódico Oficial del Estado.
Con información de Yahoo! News.