Ciudad de México, 28 de octubre de 2026.- La Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley de Inversión Extranjera para ampliar la capacidad del Estado mexicano de evaluar operaciones que puedan representar riesgos para la seguridad nacional. El dictamen, impulsado mediante una iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, recibió 321 votos a favor, 106 en contra y ninguna abstención en la votación particular, sin modificaciones, y fue turnado al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.
La reforma establece nuevos mecanismos de revisión para determinadas inversiones extranjeras, amplía la participación de dependencias federales en las decisiones y fija obligaciones de supervisión e información al Congreso. Entre sus disposiciones centrales figura la autorización previa para ciertas operaciones que superen el 49 por ciento del capital de empresas mexicanas y estén vinculadas con sectores considerados estratégicos.
Más dependencias participarán en las evaluaciones
El dictamen modifica la integración de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras para incorporar, con voz y voto, a las personas titulares de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), la Secretaría de Marina (Semar), la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT).
La participación de estas dependencias busca incorporar criterios de seguridad, defensa y tecnología en el análisis de determinadas operaciones. La reforma también contempla la invitación permanente, con derecho a voz pero sin voto, de representantes de la Fiscalía General de la República, el Centro Nacional de Inteligencia, el Servicio de Administración Tributaria y la Unidad de Inteligencia Financiera cuando la Comisión aborde asuntos relacionados con la seguridad nacional.
Estas modificaciones amplían la intervención institucional en las decisiones sobre inversiones que puedan afectar infraestructura, información sensible u otras áreas relevantes para el Estado.
Revisión obligatoria para sectores estratégicos
El nuevo Título Sexto Bis, denominado “De la Seguridad Nacional en las Inversiones Extranjeras”, establece que determinadas operaciones requerirán una resolución favorable de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras cuando un inversionista extranjero pretenda adquirir una participación superior al 49 por ciento del capital social de una empresa mexicana, siempre que sus activos superen el monto que determine el organismo.
Entre las actividades sujetas a este mecanismo figuran las infraestructuras estratégicas, las tecnologías críticas y los productos de doble uso. La lista incluye inteligencia artificial, robótica, semiconductores, ciberseguridad, tecnologías aeroespaciales y de defensa, almacenamiento de energía, tecnología cuántica y nuclear, nanotecnología y biotecnología.
También contempla el suministro de insumos fundamentales, el acceso a información sensible y otros sectores económicos que la Comisión determine mediante resoluciones generales. El umbral económico que activará la revisión deberá establecerse posteriormente.
Plazos e informes al Congreso
La reforma fija un plazo máximo de 45 días hábiles para que la Comisión resuelva las solicitudes sometidas a su consideración, contado a partir de su presentación, conforme a las disposiciones aplicables. El organismo también deberá presentar al Congreso un informe semestral sobre su gestión en materia de seguridad nacional y podrá comparecer ante las comisiones legislativas competentes cuando sea convocado.
Durante la discusión en lo particular, legisladores de Morena, PAN, PT, PRI y Movimiento Ciudadano presentaron reservas a distintos artículos y disposiciones transitorias. Las propuestas fueron retiradas o no se admitieron a discusión, por lo que el pleno aprobó el dictamen sin cambios, con 321 votos a favor, 106 en contra y cero abstenciones.
Con la aprobación de ambas cámaras, el proyecto fue enviado al Ejecutivo federal para continuar el procedimiento constitucional. Su entrada en vigor dependerá de la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación y de las disposiciones transitorias correspondientes.

