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Home»Quintana Roo»Chetumal»Sancionan a partidos políticos y otrora candidatos independientes por infracciones a la normatividad local en materia electoral
Chetumal

Sancionan a partidos políticos y otrora candidatos independientes por infracciones a la normatividad local en materia electoral

RedacciónBy Redacción26 febrero, 2025No hay comentarios5 Mins Read
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CHETUMAL, Quintana Roo,26 de Febrero. –Integrantes del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en sesión ordinaria aprobaron por mayoría respecto del Procedimiento Ordinario Sancionador registrado bajo el número de expediente IEQROO/POS/024/2024 y sus acumulados IEQROO/POS/025/2024 e IEQROO/POS/026/2024, con lo cual se sancionan a los partidos políticos del Trabajo, Morena y Movimiento Ciudadano, con una amonestación pública, así como en la inscripción en el Registro Estatal de Personas Sancionadas por Infracciones a la Normatividad Local en Materia Electoral por un periodo de cuatro años.

Lo anterior, luego de que los partidos políticos en mención omitieron en algunos casos difundir en sus respectivas plataformas electorales en sistema Braille, Lengua de Señas Mexicanas, idioma en lengua maya y enfoque de inclusión, aprobado en el Acuerdo IEQROO/CG/A-085/2023, mediante el cual se emitieron los “Criterios y procedimientos a seguir en materia de registro de aspirantes a candidatura independientes y candidatura que se postulen por acciones afirmativas para las elecciones de Miembros de los Ayuntamientos y Diputaciones en el Proceso Electoral Local 2024”.

En otro punto del orden del día, este órgano colegiado aprobó por mayoría la resolución y declaró existentes las conductas denunciadas en el Procedimiento Ordinario Sancionador IEQROO/POS/034/2024, en contra del Partido Revolucionario Institucional, Movimiento Ciudadano, Partido Acción Nacional, Morena y Partido del Trabajo, y de los y las ciudadanas Ana Maritza Hernández Rivera, Yadira Monserrat González Quetzal, Lorenzo Várguez Canul, Melannie Michelle Guillen Sánchez, Martha Bella Reyes Mejía, Cecilia del Carmen Correo Dorantes, Brian Castellanos Aguilar y Ricardo Marín Vélez, en calidad de otrora candidaturas independientes del Municipio de Othón P. Blanco, en el Proceso Electoral Local 2024.

Lo anterior, consistentes en el incumplimiento de la captura de información de los cuestionarios curricular y de identidad en el Sistema “Candidatas y Candidatos, Conóceles” del Proceso Electoral Local 2024; vulnerando con ello el bien jurídico tutelado de acceso a la información y máxima publicidad.

En el caso de los partidos políticos Movimiento Ciudadano y PAN; así como, de las y los ciudadanos Ana Maritza Hernández Rivera, Yadira Monserrat González Quetzal, Lorenzo Várguez Canul, Melannie Michelle Guillen Sánchez, Martha Bella Reyes Mejía, Cecilia Del Carmen Correo Dorantes, Brian Castellanos Aguilar y Ricardo Marín Vélez, en calidad de otrora candidaturas independientes del Municipio de Othón P. Blanco, durante el Proceso Electoral Local 2024, se hicieron acreedores a una amonestación pública.

En el caso de los partidos políticos PRI; MORENA y PT, se les aplicará la resta de sus ministraciones de financiamiento público ordinario correspondiente al 0.5% (Cero punto cinco por ciento), es decir, para el PRI será la cantidad de $27,208.86; PT, $24,838.73 y para MORENA $122,777.24.

De igual manera se resolvió inscribir a los partidos políticos: PRI; Movimiento Ciudadano; PAN; MORENA y PT, así como, a los y las ciudadanas Ana Maritza Hernández Rivera, Yadira Monserrat González Quetzal, Lorenzo Várguez Canul, Melannie Michelle Guillen Sánchez, Martha Bella Reyes Mejía, Cecilia Del Carmen Correo Dorantes, Brian Castellanos Aguilar y Ricardo Marín Vélez, en otrora calidad de candidaturas independientes en el Proceso Electoral Local 2024, en el Catálogo de Sujetos Sancionados Localmente por infracciones a la normatividad electoral.

En otro punto del orden del día, consejerías del Consejo General aprobaron por mayoría la resolución mediante el cual se determina respecto del Procedimiento Ordinario Sancionador registrado bajo el número de expediente IEQROO/POS/035/2024, resolvieron declarar existentes conductas por parte del Partido Morena en materia de propaganda electoral, asimismo se declaró la inexistencia de conductas relativas a la difusión de propaganda en redes sociales atribuidas a los partidos políticos: Partido Verde Ecologista de México, del Trabajo y Morena, por las razones expuestas en la presente Resolución.

En lo que respecta al partido Morena se le impone una reducción del 0.5% (Cero punto cinco por ciento) de las ministraciones de su financiamiento público durante el ejercicio fiscal 2024, lo cual asciende a la cantidad de $ 39,809.79 (Treinta y nueve mil, ochocientos nueve 79/100 M.N.), de igual forma se resolvió registrar a los partidos sancionados en el Catálogo de Sujetos Sancionados Localmente por infracciones a la normatividad electoral por un periodo de cuatro años.

En otro apartado, el Consejo General aprobó el dictamen general de resultados de la evaluación del desempeño del personal del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN) del sistema OPLE, cuyos Lineamientos establecen lo siguiente: la evaluación será anual, comprendiendo el periodo del 1 de septiembre al 31 de agosto del año sucesivo; la calificación final de la evaluación se integrará por la suma ponderada de las calificaciones obtenidas en cada uno de los factores, según se detalla a continuación: Metas individuales 30 %; Metas colectivas 40 %; Competencias 30 %, dando un total del 100%.

La calificación final mínima aprobatoria de dicha evaluación será de siete en una escala de cero a diez y cada calificación final obtenida corresponderá a un nivel de desempeño, conforme a lo siguiente: 9.001 a 10.000, Sobresaliente; 8.501 a 9.000, Altamente competente; 8.001 a 8.500, Competente; 7.501 a 8.000, Aceptable; 7.000 a 7.500, Suficiente; 0.000 a 6.999, No aprobatorio.

Por otra parte, se dio lectura de la disculpa pública emitida por el ciudadano Leobardo Medina Xix en cumplimiento a la sentencia PES/121/2024, de fecha 15 de octubre de 2024, del Tribunal Electoral de Quintana Roo, el ciudadano en mención cometió violencia política en razón de género, al emitir expresiones ofensivas, discriminatorias y estereotipadas que constituyeron en violencia verbal y simbólica, en perjuicio de la ciudadana Berenice Pérez Frías.

Siguiendo con el orden del día y en cumplimiento a la Fracción V del artículo 150 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Quintana Roo, la Secretaría Ejecutiva del IEQROO rindió su informe.

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