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Home»Elecciones»Elecciones Judiciales 2025: Qué sí y qué no pueden hacer candidatos en campaña
Elecciones

Elecciones Judiciales 2025: Qué sí y qué no pueden hacer candidatos en campaña

RedacciónBy Redacción5 abril, 2025No hay comentarios3 Mins Read
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CIUDAD DE MEXICO, 5 de Abril. – El próximo domingo 1 de junio de 2025,se llevará a cabo el proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 en el que los cargos de las personas juzgadoras se elegirán mediante voto popular.

En total se elegirán 881 cargos judiciales.

  • 9 Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
  • 2 Magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
  • 15 Magistraturas de las Salas Regionales del TEPJF.
  • 5 Magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial.
  • 464 Magistraturas de Circuito.
  • 386 Juezas y Jueces de Distrito.

También, como resultado de la armonización de la reforma electoral con las entidades federativas, se tendrá la celebración de procesos electorales locales para 2025.

Los estados que participarán en este proceso son 19: Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Durango, Estado de México, Michoacán, Nayarit, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

A continuación, te decimos cuáles son las reglas del proceso para candidatos, partidos y servidores públicos.

Elecciones Judiciales: Qué sí y qué no pueden hacer candidatos en campaña

Lo que SÍ pueden hacer las candidaturas:

  • Asistir a eventos y debates públicos siempre y cuando sean invitados todos los participantes de esa contienda
  • Usar redes sociales
  • Distribuir propaganda impresa que sea biodegradable
  • Tener reuniones públicas pero sin organización (templetes, sillas, bocinas, etc.)
  • Dar entrevistas de carácter noticioso

Lo que NO pueden hacer las candidaturas:

  • Contratar espacios en radio y TV, internet, pautado en redes sociales o cualquier otro medio de comunicación
  • Difundir propaganda con calumnias o acusaciones falsas
  • Ofrecer o dar regalos, dinero o beneficios Imprimir propaganda en materiales distintos al papel
  • Pagar para hacer o difundir encuestas
  • Hacer campaña en el extranjero
  • Usar propaganda que los relacione con un partido político
  • Contratar espectaculares, bardas o autobuses para promocionarse
  • Prorratear gastos entre varias candidaturas
  • Lo que NO pueden hacer partidos y servidores
  • Partidos políticos
  • Promover o apoyar públicamente a una candidatura o criticar a otra
  • Entregar regalos, dinero o beneficios a favor de alguna candidatura
  • Comprar publicidad en medios de comunicación, redes sociales o espacios físicos para promover candidaturas
  • Pagar para hacer encuestas con la intención de influir en la ciudadanía

Servidores públicos

  • Pagar publicidad en medios de comunicación, redes sociales o espacios físicos para promocionar candidaturas
  • Usar programas sociales para coaccionar el voto
  • Participar activamente en actos de campaña, a menos que sean personas candidatas Organizar foros con programas sociales para influir en el voto

Con información de EL ECONOMISTA.

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