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Home»Portada»IEQROO coadyuvará en elecciones de alcaldías y delegaciones para OPB y BJ
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IEQROO coadyuvará en elecciones de alcaldías y delegaciones para OPB y BJ

RedacciónBy Redacción6 diciembre, 2024No hay comentarios4 Mins Read
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CHETUMAL, Quintana Roo, 6 de Diciembre. – El Instituto Electoral de Quintana Roo coadyuvará en la organización de la elección de personas integrantes de las alcaldías, delegaciones y subdelegaciones municipales de los ayuntamientos de Othón P. Blanco y Benito Juárez.

En Sesión del Consejo General del IEQROO fue aprobado por las Consejerías y se determinó que además del apoyo en la organización de las votaciones, también se realizará la entrega del comodato de material electoral reutilizable, asesoría y capacitación para quienes lleven a cabo este ejercicio libre y democrático.

En otro punto del orden del día, el Consejo General, aprobó el acuerdo mediante el cual se da contestación a la consulta realizada por la C. Erika Lizbeth Cornelio Ramos, Décima Tercera Regidora y Presidenta de la Comisión de Igualdad de Género del Ayuntamiento del Municipio de Othón P. Blanco, que señala:

¿Existe impedimento alguno para que la convocatoria a elección de Alcaldías del municipio de Othón P. Blanco aplica el criterio de paridad horizontal, en donde por lo menos tres de las seis alcaldías a elegirse, y en particular, aquellas en donde no hay haya ganado anteriormente, una mujer, estén asignadas para el registro de candidatas mujeres, y cuál es el sustento jurídico para realizar esta aplicación?

En virtud de lo anterior, este órgano colegiado procede a dar respuesta: en ese sentido, comentar que a partir de la reforma constitucional del año 2019, conocida como paridad en todo, el estado mexicano garantizó que la paridad como principio constitucional sea de aplicación obligatoria para el ámbito público y privado, en todos los órdenes de gobierno y estructuras organizacionales administrativas en la cual se dieran la toma de decisiones de aquellos asuntos que se encuentren en el ámbito de su competencia.

Con respecto al segundo cuestionamiento a cerca de:

¿El principio de paridad afectaría la figura de reelección o afectaría algún derecho de quienes deseen reelegirse?

Se hace de conocimiento a la consultante, que la reelección o elección consecutiva de personas que puedan integrar a los cuerpos municipales administrativos de elección, con respecto al cumplimiento del principio de paridad, no afecta ningún derecho que eventualmente se pudiera haber generado por tal situación jurídica, más aún, estimando que la paridad al ser medidas preferenciales a favor de las mujeres, deben interpretarse y aplicarse procurando su mayor beneficio.

De ahí que la premisa jurídica a observar es que la atribución y competencia para reglamentar la convocatoria de las elecciones en alcaldías y delegaciones del Municipio en referencia, recaen en el Ayuntamiento de dicho Municipio y en su Comité de Elecciones; por lo que las opiniones vertidas por este Consejo General en el presente documento tienen un carácter orientador y no vinculante.

Al respecto, la Consejera Electoral Elizabeth Arredondo Gorocica comentó que, “si bien en el citado ordenamiento reglamentario se establece la paridad en su vertiente vertical, cierto es que a juicio de esta autoridad no existe impedimento alguno para observar dicho principio en la convocatoria en mención en su vertiente horizontal, toda vez que las autoridades tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar el principio de paridad de género.”

“Máxime que esto sería una acción afirmativa en favor de las mujeres, que de manera efectiva y sustantiva permitiría el acceso del ejercicio del poder público de ambos géneros, en auténticas condiciones de igualdad, sobre todo en aquellos casos donde nunca una mujer resulte electa.” señaló la Consejere Electoral.

La Consejera Presidenta, Rubí Pacheco Pérez, reconoció la participación de las Consejerías que contribuyeron con precisión y entusiasmo a la elaboración de la respuesta de la consulta, en ese sentido dijo que, “si bien no es vinculante, sí establece un precedente para que las mujeres quintanarroenses puedan acceder a cargos de elección popular en elecciones de 4to nivel, las cuales no son organizadas por el IEQROO, pero sí participamos en otro ámbito como lo es ejerciendo la facultad de orientación para establecer criterios con las autoridades correspondientes.”

Y a propósito de los convenios de colaboración con los Ayuntamientos del estado de Quintana Roo, para la celebración de las elecciones de alcaldías, delegaciones y subdelegaciones, destacó el trabajo de las Direcciones de Organización, Jurídica y de Cultura Política, así como de las comisiones que intervinieron y opinaron sobre ello.

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