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Home»ECONOMÍA»Multas para plataformas digitales, entre las más altas de la LFT
ECONOMÍA

Multas para plataformas digitales, entre las más altas de la LFT

RedacciónBy Redacción14 diciembre, 2024No hay comentarios3 Mins Read
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CIUDAD DE MEXICO, 14 de Diciembre. – Con el aval del Senado, la reforma laboral que regula el trabajo en plataformas digitales concluyó su trámite legislativo. Las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo (LFT), además de reconocer derechos laborales y seguridad social para una buena parte de repartidores y conductores de apps, incorpora sanciones para las empresas, y los montos son los segundos más altos en la historia de la legislación de trabajo.

La reforma establece sanciones que van de los 27,142 a los 2 millones 714,250 de pesos (de 250 a 25,000 veces la UMA). En su nivel más elevado, es la segunda sanción más alta, sólo por detrás de los 5.4 millones que pueden alcanzar las multas por incumplimiento en la regulación de servicios especializados.

Estas son las multas por incumplimiento en las nuevas reglas para el trabajo en aplicaciones:

De 217,140 a 2 millones 714,250 de pesos por no registrar el contrato ante el CFCRL.

De 108,570 a 2 millones 714,250 de pesos por no emitir o informar cambios en la política de gestión algorítmica.

De 54,285 a 2 millones 714,250 de pesos por no contar con los mecanismos de atención para casos que afecten la conexión o vinculación de los trabajadores la aplicación.

De 27,142 a 2 millones 714,250 de pesos por incumplir con obligaciones especiales, tales como la emisión de recibos de pago, mecanismos de atención a acoso u hostigamiento, o registro de tiempo efectivo de trabajo.

La reforma sólo está pendiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y a partir de ese momento, entrará en vigor 180 días después. Posteriormente, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tendrá 180 días -una vez que su Consejo Técnico publique las reglas de carácter general- para echar a andar un programa piloto obligatorio para el aseguramiento de repartidores y conductores, este ejercicio servirá para definir las modificaciones que deben realizarse a la legislación de seguridad social.

Tanto las sanciones como el plazo para la entrada en vigor no eran parte del primer proyecto elaborado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y socializado en octubre durante la conferencia matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum.

Ambas disposiciones fueron incorporadas luego de las últimas mesas de diálogo entre la STPS y los representantes de empresas y trabajadores.

¿Cómo será el acceso a la seguridad social y derechos laborales?

La reforma incorporará un nuevo capítulo en la Ley Federal del Trabajo, con el cual se otorga acceso pleno a la seguridad social y derechos laborales a los repartidores y conductores de apps que generen por lo menos un ingreso mensual equivalente a un salario mínimo.

El resto de las personas que no alcancen dicho nivel de ganancias, serán consideradas trabajadores independientes. Todos estarán protegidos, sin importar la cantidad de ingresos, contra accidentes.

La plataforma digital en la que se presta el servicio cuando ocurra el riesgo de trabajo será la responsable del pago del aseguramiento en el régimen del seguro social. Esto sólo será aplicable en el tiempo efectivo de trabajo, considerado como el lapso entre la aceptación de un pedido o viaje y la finalización de este.

De acuerdo con estimaciones de la STPS, estos criterios permitirán que poco más de 272,000 personas que laboran en aplicaciones accedan plenamente a la seguridad social y derechos laborales. Aunque la regulación garantiza protección contra accidentes para los cerca de 658,000 trabajadores.

Con información de EL ECONOMISTA.

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